¿Qué pasa hoy con las Afores?
Por: Mtra. Marcela Guzmán
En días recientes hemos escuchado y leído sobre el proyecto de reforma que el Gobierno Federal realizará a la Ley de Sistemas de Ahorro para el Retiro, el que por lo que se ha ventilado oscila en cambios importantes dentro del régimen de la Ley del Seguro Social de 1997.hoy con las afores
Lo cierto es que la iniciativa como tal no se ha publicado aún, sin embargo, ya se han dado adelantos de lo que contendrá.
En la actualidad, nos regimos por la Ley de Sistemas de Ahorro para el Retiro que en 1996 desarrollara las bases para la creación y el funcionamiento de un sistema de pensiones más justo y sustentable, dirigido a obtener un beneficio para el futuro de los trabajadores y de sus familias en nuestro país.
La Reforma
Para informar las novedades en éste, uno de mis temas de expertiz, mencionaré de manera muy breve lo que hasta hoy ha trascendido como lo más relevante de dicha Reforma:
1. PARA TODOS LOS TRABAJADORES. Actualmente, el derecho a tener una cuenta individual capitalizable tiene ciertas limitaciones, ya que está diseñada sólo para los trabajadores que cuentan con seguridad social.
La Reforma, prevé una ampliación a fin de que todo trabajador tenga o no tenga seguridad social pueda contar con una cuenta individual y en consecuencia aspire a una pensión, con sus debidas particularidades.
2. DESAPARICIÓN DE LAS AFORES. Este punto de la Reforma tuvo una publicidad sólo por unos días, encargándose el Gobierno Federal de darle más publicidad a otros aspectos que sin duda son también impactantes.
Hoy, existen 10 distintas afores que se encargan de la administración de estas cuentas individuales de cada trabajador, en donde es él quien elige quién le administra las subcuentas para su ahorro.
La Reforma, prevé que la administración pase a ser responsabilidad del Estado, en consecuencia, la eliminación de las 10 afores existentes.
Será a través del Banco de Bienestar (antes Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros) quien de manera habitual y profesional administrará las cuentas individuales y canalizará los recursos de las subcuentas, quitándole dichas atribuciones a las Afores, ajustándose a una normativa, la que se ventila consta de 10 puntos esenciales.
3. SEMANAS COTIZADAS. En este momento, las semanas cotizadas para alcanzar la pensión es de 1250 semanas. La reforma, propone la disminución a 750 semanas.
4. APORTACIONES. Ahora, las aportaciones realizadas para la pensión está conformada de manera tripartita patrón 5.15%, trabajador 1.125% y gobierno federal. 225%.
La Reforma, seguirá siendo conformada de manera tripartita patrón 13.875%, *trabajador 1.125% y *gobierno federal. 225% (*dependerán del ingreso de cada trabajador).
Este aumento será gradual, se dará el aumento en el lapso de 8 años.
5. AUMENTO DE PENSIÓN. Actualmente, una persona recibe de su afore un monto menor a la pensión mínima garantizada que son alrededor $3,289 pesos.
La Reforma, propone otorgar el beneficio a las personas que lleguen a la edad de retiro y teniendo 750 semanas cotizadas, una pensión mínima garantizada, por lo que si el trabajador que reúne estas circunstancias será Gobierno Federal quien otorgue la cantidad de 1,289 pesos a fin de que tenga la pensión mínima garantizada.
La exposiciones vertidas por Gobierno Federal ante esta Reforma aún generan bastantes preguntas, las que con seguridad se disiparán una vez que sea publicada la iniciativa y de aprobarse, se planea que entre en vigor en 2023 y será entonces cuando como ciudadanos estaremos en posibilidad de conocerla y de ser necesario debatirla por los medios legales existentes.